La Ley Orgánica sobre el Derecho
de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su capítulo III contempla las
definiciones y formas de violencia contra las mujeres, y en su artículo 15
define violencia obstétrica: Se entiende por violencia obstétrica la apropiación
del cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por el personal de salud,
que se expresa en un trato deshumanizador, en un abuso de medicalización y
patologización de los procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía
y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad, impactando
negativamente en la calidad de vida de las mujeres.

No hay comentarios.:
Publicar un comentario